La Constitución Española de 1978 en su artículo 46 insiste que Los poderes públicos garantizarán la
conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural
y artístico de los pueblos de España.
En este sentido se aprobó en el año 1985 la Ley de Patrimonio Histórico Español. Con las competencias recibidas en materia de cultura, y por ende en patrimonio, las comunidades autónomas fueron aprobando sus respectivas leyes de patrimonio, Castilla La Mancha lo hizo en el año 1990, modificada este año 2013 con la nueva Ley de Patrimonio Cultural.
A nivel edificatorio también se legisla sobre la conservación y protección del patrimonio, veáse si no el Código Técnico de la Edificación, LOE y LOTAU.
Inclusive a nivel local, y en el caso de Almagro así es, existe una normativa sobre la edificación que debe de cumplirse, las Normas Subsidiarias aprobadas en el año 1993. En la actualidad está en proceso la elaboración del POM.
En todas estas referencias se insiste que en materia de patrimonio, su conservación y protección, así como su enriquecimiento, no sólo es cosa de los distintos poderes públicos ya sean nacionales o autonómicos o locales, sino que todos nosotros somos responsables de él. Tomando como parangón la famosa frase de los indios américanos diríamos algo así como que El patrimonio cultural no nos pertenece, es sólo un préstamo de nuestros hijos.
Nosotros en nuestra medida y aportación, conservaremos este inmueble. De este modo, contribuiremos con nuestro granito de arena a proteger este paisaje cultural como son las propias calles de Almagro, sin agresiones visuales o derribos innecesarios para posteriormente construir un festiche o vivienda adosada al uso.
Nuestro criterio para ello pasa por saber, conocer el inmueble. Un conocimiento histórico y artístico, donde historia y arqueologia vayan de la mano.
Por mi trabajo, y a ello me he dedicado en los últimos años, sé que estos estudios son necesarios y en muchas ocasiones inclusive obligatorios, para saber por donde ir acotando el proyecto final del arquitecto.
Es lo que venimos realizando una vez que se nos presenta una licencia de obras: informe de valoración patrimonial.
Para la ejecución de cualquier labor sobre patrimonio debemos de solicitar, en primer lugar, autorización para este trabajo. Esta solicitud es un informe previo donde se expone desde la localización física del inmueble donde se van a realizar las obras, una localización o acercamiento histórico artístico a su ubicación dentro del conjunto histórico, de Almagro en nuestro caso, o del conjunto urbano para cualquier otro lugar; posteriormente hacemos referencia a todo un cuerpo legislativo en el que se prueba que hay todo un corpus legislativo para la conservacion y proteccion del patrimonio, así como su actuación sobre él. Añadimos una breve descripción de las obras solicitas. Proponemos en este primer informe qué trabajos vamos a realizar sobre el inmueble: o bien Informe de Valoración Patrimonial o bien Sondeos Arqueológicos, diciendo que metodología se va a llevar a cabo para ello. A grandes rasgos estos serían los apartados que incluiría esta solicitud de trabajos arqueológicos.
Recibida dicha autorización, por parte de la Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, podemos iniciar nuestro trabajo y mi, perdón, nuestra casa.
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